Mira la gran diferencia entre tarjeta de crédito y tarjeta de débito.

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Para abonar en un supermercado la compra de la semana, comprar unos billetes de avión para las próximas vacaciones… Las tarjetas de crédito y débito son, habitualmente, el método de pago favorito de muchos usuarios. Sin embargo, debemos conocer sus diferencias para descubrir cuál se ajusta más a nuestras necesidades.

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Las tarjetas de crédito y débito son los instrumentos de pago que, usualmente, suelen ir vinculados a las cuentas corrientes. Popularmente se utiliza el término “tarjeta de crédito” para referirnos a ambos casos indistintamente, pero las características de cada una de ellas son diferentes. A continuación, repasamos las particularidades de la tarjeta de crédito frente a la de débito y las preguntas más frecuentes al respecto.

Fondos disponibles: ¿cómo funciona el pago con una tarjeta de crédito?

La diferencia más considerable cuando conversamos de tarjetas de crédito frente a las de débito es que, en el primer caso, la entidad bancaria pone a accesibilidad del utente una serie de fondos –con un límite acordado- para que haga uso de ellos.

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Esto es lo conocido como “crédito abierto”, una método de crédito de dinero por parte del banco en la que el cliente dispone de una porcentaje máxima que no está obligado a usar en su totalidad y solo deberá devolver la parte proporcional que sí haya recurrido junto a unos intereses, si aplica. Cada vez que se quiera recurrir a esta opción, no es necesario que se firme un nuevo acuerdo. 

En oposición al crédito abierto está el crédito cerrado, pero esta tipología no coincidir a las tarjetas de crédito, sino que está presentación en la naturaleza de aquellos préstamos en los que la entidad abona al completo del dinero en una sola vez –como ocurre con las hipotecas o los créditos personales-, la cual debe ser devuelta en el periodo acordado junto a unos intereses. Una vez se cuente con la cantidad de dinero prestada, si se desea obtener más, se debe realizar un nuevo contrato.  

Esta posición – tanto si contamos con un crédito abierto o cerrado- no ocurrirá si tenemos una tarjeta de débito, ya que en ellas solo podemos utilizar el dinero que hayamos ingresado anteriormente. Una vez se acaben los fondos, la tarjeta de crédito no podrá utilizarse como medio de pago. 

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Por otro lado, cuenta con opciones de abono distintas a las de una tarjeta de débito, con la cual, al pagar el precio de un producto y servicio, de forma automática el dinero se deduce de la cuenta corriente. Con el crédito, el cliente puede elegir de manera flexible la forma de pago. Puede optar, por ejemplo, por aplazarlo a final de mes o, por el contrario, fraccionarlo en cuotas –modalidad conocida como “revolving”.

Sin embargo, si hablamos de las formas en la que estas se pueden presentar, son idénticos en ambos casos: hoy en día, con las tarjetas de crédito y débito préstamos de una versión física tradicional, y una virtual, que podemos configurar en nuestros dispositivos inteligentes como teléfonos o relojes para pagar con ellos, siempre y cuando dispongan de la tecnología NFC que posibilita esta operación, entre otras.

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Cargos asociados: cuando pagas con una tarjeta de crédito, ¿te cobran comisión?

En países como España, no es legal que una empresa cobre una comisión por pagar con tarjeta de crédito, ya sea de crédito o débito. Ahora bien, existen otras comisiones como la de emisión y mantenimiento que sí pueden existir en ambos casos; sobre todo, es más frecuente cuando hablamos de la de crédito.

También pueden sobrevivir cargos cuando queremos renunciar dinero en un cajero automático. Frecuentemente y si se trata del banco del que somos clientes, con las tarjetas de débito podremos realizar la actividad sin comisiones; mientras que las de crédito pueden llevar intereses por el dinero que la entidad concede. Si, por el contrario, queremos sacarlo de cajeros automáticos que no son de nuestro banco, el uso de ambos tipos de tarjetas suele conllevar un adeudo.

Además, las tarjetas de crédito pueden llevar asociados otros tipos de cargos provocados por los intereses por pago pospuesto, es decir, por posponerlo a final de mes o fraccionarlo, como comentábamos previamente. La demora en el pago también se contempla en estos casos, figurando en el contrato de la tarjeta de crédito a partir de qué día de impago se inició a cobrar intereses –esto varía en función de la entidad, pero muchas de ellas dan un determinado margen para que el usuario pueda abonar la deuda sin penalización.

Por último, están los intereses por exceso de crédito que se producen cuando el cliente supera el importe total del dinero prestado por el banco; o, en otras palabras, el límite de la línea de crédito.

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Fuente: Santander | Imagen: Mercado e Consumo / Compre Já

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